Consejo Comunitario de Puerto Limón
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Nombre del actor
Consejo Comunitario de Puerto Limón
Descripción
El Consejo Comunitario de Puerto Limón, como persona jurídica, ejerce la máxima autoridad de administración interna dentro del territorio de su comunidad, de acuerdo con los mandatos constitucionales y legales que lo rigen. Su propósito consiste en
velar por la conservación y protección de los derechos de la propiedad colectiva y por la integridad de los territorios titulados a la comunidad; ejercer el gobierno económico de su territorio según sus sistemas de derecho propio y la legislación vigente;
delimitar y asignar en usufructo áreas de uso y aprovechamiento individual, familiar y comunitario en el territorio titulado colectivamente, reconociendo las que han venido ocupando tradicionalmente y con base en el reglamento expedido por la Asamblea General del Consejo.
velar por la conservación y protección de los derechos de la propiedad colectiva y por la integridad de los territorios titulados a la comunidad; ejercer el gobierno económico de su territorio según sus sistemas de derecho propio y la legislación vigente;
delimitar y asignar en usufructo áreas de uso y aprovechamiento individual, familiar y comunitario en el territorio titulado colectivamente, reconociendo las que han venido ocupando tradicionalmente y con base en el reglamento expedido por la Asamblea General del Consejo.
Tipo de actor
Organización de base o comunidad
Lugar
Mocoa (Putumayo)
Enfoque diferencial
Afrodescendientes
Título
Consejo Comunitario de Puerto Limón
Descripción
El Consejo Comunitario de Puerto Limón, como persona jurídica, ejerce la máxima autoridad de administración interna dentro del territorio de su comunidad, de acuerdo con los mandatos constitucionales y legales que lo rigen. Su propósito consiste en
velar por la conservación y protección de los derechos de la propiedad colectiva y por la integridad de los territorios titulados a la comunidad; ejercer el gobierno económico de su territorio según sus sistemas de derecho propio y la legislación vigente;
delimitar y asignar en usufructo áreas de uso y aprovechamiento individual, familiar y comunitario en el territorio titulado colectivamente, reconociendo las que han venido ocupando tradicionalmente y con base en el reglamento expedido por la Asamblea General del Consejo.
velar por la conservación y protección de los derechos de la propiedad colectiva y por la integridad de los territorios titulados a la comunidad; ejercer el gobierno económico de su territorio según sus sistemas de derecho propio y la legislación vigente;
delimitar y asignar en usufructo áreas de uso y aprovechamiento individual, familiar y comunitario en el territorio titulado colectivamente, reconociendo las que han venido ocupando tradicionalmente y con base en el reglamento expedido por la Asamblea General del Consejo.
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